CONDICIONADO ASISTENCIAS MASCOPLAN
La Ascensión S.A., amplía su portafolio con los servicios de asistencias para mascotas, complementando sus planes exequiales a nivel nacional, de acuerdo con la cobertura establecida.
El plan Mascoplan está diseñado para cubrir las necesidades de nuestros clientes que adquieren un plan de previsión exequial para sus mascotas. Este plan ofrece una gama de servicios destinados a proporcionar soluciones oportunas, respaldados por una extensa red de aliados a nivel nacional. Los servicios están disponibles en todas las ciudades que cuentan con nuestra cobertura.
Para acceder a los servicios de asistencias para mascotas, se deberá tener en cuenta la siguiente información clave para la coordinación de un servicio:
* Este servicio aplica solo para contratos adquiridos antes del 31 de marzo de 2023. Desde el 1 de abril de 2023 el servicio incluye baño básico, corte de uñas y limpieza exterior de oídos y se cataloga como servicio de spa
El plan Mascoplan está diseñado para cubrir las necesidades de nuestros clientes que adquieren un plan de previsión exequial para sus mascotas. Este plan ofrece una gama de servicios destinados a proporcionar soluciones oportunas, respaldados por una extensa red de aliados a nivel nacional. Los servicios están disponibles en todas las ciudades que cuentan con nuestra cobertura.
Para acceder a los servicios de asistencias para mascotas, se deberá tener en cuenta la siguiente información clave para la coordinación de un servicio:
1. DEFINICIONES
- Accidente: Todo acontecimiento que provoque daño material y/o corporal a la mascota, única y directamente por causa externa, violenta, fortuita y evidente (excluyendo la enfermedad).
- Asistencias: Son los servicios establecidos en este condicionado y contrato.
- Atopía: Hipersensibilidad al medio ambiente, con un origen genético. Por múltiples y complejas razones, el cuerpo reacciona de forma exagerada ante ciertos alérgenos e irritantes como el polvo, el polen, etc.
- Beneficiarios: Son aquellas mascotas (gatos o perros) registrados en el contrato Mascoplan, para la prestación de asistencias y previsión exequial (aplica condiciones y restricciones).
- Condicionado: Documento detallado con los parámetros definidos para la prestación del servicio en las diferentes categorías y subcategorías para los servicios asistenciales.
- Contratante: Persona mayor de 18 años, que en calidad de titular ha adquirido un plan de Mascoplan con La Ascensión S.A., autorizando el pago de sus obligaciones contraídas a la firma del contrato.
- Contrato: Documento legal entre las partes interesadas, en donde se establecen obligaciones y responsabilidades.
- Coordinación: Proceso administrativo que implica sincronizar distintas acciones a través de los aplicativos definidos, en donde se valida el contrato, se asigna el proveedor disponible para la prestación del servicio, se realiza seguimiento y cierre de caso.
- Emergencia: Hace referencia a una situación crítica de peligro para la mascota inscrita dentro del plan; por lo que requiere una prestación de servicio asistencial de manera prioritaria, acorde a los lineamientos de atención de nuestro asociado de negocio.
- Enfermedad o patología: Toda alteración involuntaria del estado de salud de un animal cuyo diagnóstico y confirmación sea efectuado por un veterinario legalmente autorizado para ejercer.
- Enfermedades preexistentes: anomalías en las características anatómicas o fisiológicas, de cualquiera de las estructuras corporales u orgánicas del animal desde su nacimiento, que producen una patología o alteración de la salud durante la vida, aunque la sintomatología no se evidencie desde el nacimiento.
- Evento: Hace referencia a cada suceso que implique la prestación de un servicio de asistencia según la categoría y subcategoría definidas en el presente documento.
- Excedente: Deducible o pago parcial que el contratante debe cancelar para adquirir un servicio directamente al proveedor.
- Hipersensibilidad: Hace referencia a una mayor sensibilidad y respuesta a los estímulos del entorno, tanto internos como externos.
- Ingesta de cuerpo extraño: Entendido como un objeto no alimenticio que tras su ingestión ocasiona un proceso patológico con alteraciones de la estructura y/o funcionabilidad digestiva. No son considerados como cuerpos extraños: venenos, tóxicos (estupefacientes), alimentos o bebidas en mal estado. Solo será considerado la ingesta de cuerpo extraño cuando este sea identificado de forma concluyente por un veterinario mediante pruebas diagnósticas o evidenciado tras su expulsión o extracción.
- Monto por evento: Es el costo máximo que será cubierto por La Ascensión S.A., asociado a la prestación de un servicio de asistencia. Si el valor de la prestación es superior al monto por evento, la diferencia será asumida por el contratante.
- Perímetro urbano: Se define como la zona límite entre la ciudad principal y el municipio.
- Periodos de carencia: Periodo de tiempo que debe transcurrir para acceder al servicio establecido en el contrato. Estos tiempos aplican a partir del momento de la suscripción y pago del contrato de Mascoplan.
- Proveedor: Asociado de negocio, ya sea directo o subcontratado por La Ascensión S.A., que cumple con los requisitos necesarios para prestar servicios asistenciales a los contratantes, de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en este documento.
- Reembolso: Proceso que se lleva a cabo cuando no es posible prestar el servicio de asistencia debido a la falta de disponibilidad de un proveedor. En tales casos, el cliente tiene derecho a recibir el reembolso correspondiente a la asistencia solicitada.
- Riesgo vital: Evento de accidente o enfermedad, que de no ser manejado de manera inmediata compromete la vida de la mascota.
- Servicios: Tipos de asistencias contemplados en el programa descrito en el presente condicionado.
- Servicio programado: Servicio que se debe agendar con antelación.
- Tratamiento: Es el conjunto de medios (higiénicos, farmacológicos, quirúrgicos, terapéuticos u otros) cuya finalidad es la curación o el alivio (paliación) de las enfermedades o síntomas.
- Urgencia: Condición creada por una patología de evolución lenta y no necesariamente mortal.
2. CONDICIONES GENERALES
a. El periodo de carencia para todas las asistencias es de 30 días calendario después de la firma del contrato.
b. Si se requiere desplazamiento a la clínica prestadora del servicio solicitado, el contratante asumirá los costos del traslado.
c. De no poder tomar el servicio, el solicitante deberá comunicarse para cancelar la asistencia, con mínimo seis (6) horas de antelación; en caso de no realizarlo el evento será agotado y catalogado como asistencia fallida.
d. Durante la coordinación del servicio de asistencias para mascotas, se informará al solicitante la fecha y el lugar en donde se realizará la prestación. En caso de no haber disponibilidad para atender esta solicitud, se autorizará el reembolso, informando los topes máximos y requisitos para generar la devolución, esta información será notificada a través de los canales de comunicación establecidos por la compañía.
e. Estos servicios se prestarán y aplicarán únicamente en la clínica asignada por el Contact Center para el servicio, los insumos para la asistencia no serán entregados al cliente por ningún motivo. El servicio debe ser solicitado con mínimo 24 horas de anticipación y se prestará en horario hábil de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm y sábados de 8:00 am a 12:00 pm.
3. ASISTENCIAS PLANES PARA MASCOTAS
3.1 Orientación Médica Veterinaria Telefónica
La Ascensión S.A., a través de su red veterinaria, brindará al contratante del plan adquirido, el servicio de orientación médica veterinaria telefónica para su mascota, que contará a su vez con la atención directa de un profesional médico veterinario, quien brindará a su mascota orientación en las conductas temporales que se deban asumir, en tanto se hace contacto con un profesional veterinario especializado.
Incluye:
• Molestias, síntomas y enfermedades que presente la mascota registrada.
• Primeros auxilios en caso de emergencia por accidente o enfermedad.
• Manejo y cuidado en caso de viaje.
La Ascensión S.A., no se hace responsable por sucesos posteriores a la asesoría telefónica, ya que se entiende que es una orientación, por lo tanto, no se garantiza el resultado final seguido de la consulta telefónica, de acuerdo con las recomendaciones brindadas por el profesional veterinario.
3.2 SPA (Baño Básico + Corte De Uñas + Limpieza Exterior De Oídos)
En caso de que el contratante del plan requiera del servicio de spa básico no medicado, para la mascota registrada, se coordinará en clínica veterinaria, en donde se realizará la atención de embellecer su mascota junto con el corte de uñas y limpieza exterior de oídos. Aplica para contratos adquiridos a partir del 1 de abril de 2023 en planes Mascofiel Superior y VIP.
3.3 Servicio De Corte De Uñas + Limpieza Exterior De Oídos Y Limpieza De Dientes
En caso de que el contratante del plan requiera del servicio de corte de uñas + limpieza exterior de oídos y limpieza de dientes para la mascota registrada, se coordinara en clínica veterinaria, en donde se realizará la atención de los servicios aquí mencionados. Aplica para contratos adquiridos antes del 31 de marzo de 2023 en planes Mascofiel Superior y VIP.
3.4 Vacunación
La Ascensión S.A., brindará el servicio de vacuna anual antirrábica a la mascota registrada en el plan. Esta asistencia se prestará a mascotas desde los 3 meses de edad y que cuenten con su carné de vacunas al día.
Los servicios están sujetos a previa evaluación y autorización del médico veterinario asignado por La Ascensión S.A., siempre y cuando, la mascota se encuentre en óptimo estado de salud y con mínimo 15 días de haberse suministrado el desparasitante.
Acceso al servicio:
Para acceder a este servicio de vacunación en clínica, el Cliente deberá seguir los siguientes pasos:
1. Contacto con La Ascensión S.A.: El Cliente deberá comunicarse a través de los canales de atención disponibles (línea telefónica, correo electrónico, Chat Bot, etc.) para solicitar el servicio.
2. Programación del servicio: La solicitud de la asistencia deberá realizarse con mínimo 24 horas anteriores a la fecha deseada para la atención, teniendo en cuenta la fecha de caducidad de la vacuna.
3. Verificación de requisitos: Al momento de programar la cita, el Cliente deberá proporcionar al personal de La Ascensión S.A. la siguiente información:
– Nombre completo del titular del contrato, documento de identidad, teléfono, correo electrónico, entre otros.
– Nombre, edad, raza de la mascota, entre otros.
– Copia del carné de vacunación vigente de la mascota.
– Desparasitación no superior a 15 días desde la última dosis aplicada.
4. Confirmación de la cita: El cliente aceptará y autorizará la disponibilidad informada por La Ascensión S.A, siempre y cuando esté de acuerdo.
3.5 Pipeta Anti-Pulgas
La Ascensión S.A., brindara el servicio de pipeta antipulgas para la mascota inscrita en el plan, teniendo en cuenta la cobertura y el límite de eventos establecido.
El contratante asumirá los costos de desplazamiento hacía la clínica prestadora del servicio solicitado, presentando el Carné de vacunación para proceder con la coordinación del servicio.
3.6 Chequeo Médico Veterinario
En caso de accidente, enfermedad y/o emergencia de la mascota inscrita al plan, La Ascensión S.A., brindará cobertura del servicio de consulta veterinaria general a domicilio o en sitio, acorde a la cobertura y alcance para la prestación del servicio, teniendo en cuenta los términos y condiciones descritos en el presente documento.
La Ascensión S.A, brindará el servicio de consulta médica veterinaria general en sitio, hasta el tope de cobertura de acuerdo con los costos asociados en el presente documento. Los valores adicionales que pudiesen ser necesarios en la consulta serán asumidos por el contratante.
Para el servicio de consulta médica veterinaria general a domicilio, deberá agendarse mínimo, con 24 horas de antelación. Si la mascota presenta una urgencia se recomendará la atención en clínica, en el momento de la solicitud. Para acceder a esta asistencia la mascota debe estar al día en vacunas, situación que deberá acreditarse mediante la presentación del carné de vacunación, certificación expedida por profesional veterinario o historia clínica donde se refrende tal condición.
Nota: El servicio no cubre ningún tratamiento, examen, medicamento, cirugía y/o procedimientos derivados del servicio netamente de chequeo médico.
3.7 Servicio De Guardería
En caso de que el contratante requiera del servicio de guardería, para la mascota registrada, La Ascensión S.A., brindara cobertura máxima, hasta por 2 días consecutivos; en caso de requerir días adicionales, serán asumidos por el contratante. Los costos de desplazamiento hacia y desde la guardería, estarán a cargo del contratante.
Este servicio se prestará con el apoyo de la red de aliados de proveedores de La Ascensión S.A.
El contratante deberá suministrar la comida para la mascota durante los días de estancia, ya que los cambios bruscos en la dieta pueden generar problemas gastrointestinales en la mascota.
La cobertura de este servicio se extiende a nivel nacional, abarcando el perímetro urbano de ciudades capitales hasta un máximo de 30 kilómetros desde la ciudad capital más cercana. El servicio de guardería puede ser prestado en clínicas o áreas campestres, según la disponibilidad del proveedor. Para acceder al servicio, la mascota registrada en el plan debe contar con un carné de vacunas vigente y estar desparasitada. Es necesario solicitar este servicio con un mínimo de 48 horas de anticipación.
3.8 Orientación Legal Telefónica En Caso De Daños A Terceros
Se pondrá a disposición del contratante del plan, los servicios de orientación legal telefónica, para consultas legales, por hechos relacionados con responsabilidad civil extracontractual indicando a la persona, que debe hacer en situaciones donde su mascota agreda o cause daño a un tercero.
Nota: Este servicio se prestará en horario hábil de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm y sábados de 8:00 am a 12:00 pm.
3.9 Servicio De Eutanasia
La Ascensión S.A., brindará cobertura en el servicio de eutanasia de la mascota inscrita en el plan, hasta el monto establecido en el presente documento, como consecuencia de un accidente o enfermedad grave, comprobada por un médico veterinario, donde este sugiera que se debe realizar el procedimiento.
Dichos servicios están sujetos a la normatividad colombiana legal actual, y solo serán prestados a través de la red de proveedores de La Ascensión S.A., a través de un certificado o historia clínica expedidos por un profesional veterinario, donde relacionara la condición por la cual se orienta a realizar la Eutanasia.
4. OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE
El contratante, está obligado en todos los casos y para todos los servicios que le serán brindados por La Ascensión S.A., a:
a) Contar con la autorización expresa de La Ascensión S.A., por medio del Contact Center, antes de comprometer cualquier gasto o realizar acciones por iniciativa propia.
b) Aceptar las recomendaciones y soluciones indicadas por nuestro profesional veterinario, con respecto a los servicios brindados a la mascota registrada en el plan.
c) Presentar el carné de vacunas al día con su respectivo esquema actualizado que incluya sellos, nombre y registro medico de quien aplica los tratamientos. Todas las asistencias relacionadas con mascotas requieren estos documentos vigentes, para la prestación del servicio.
d) El excedente del monto de cualquiera de los servicios aquí mencionados será cancelado de forma inmediata por el contratante del plan, al proveedor.
5. EXCLUSIONES GENERALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS:
a) Los derivados de naturaleza catastrófica, como inundaciones, terremotos, maremotos, granizos, vientos fuertes, erupciones volcánicas, tempestades ciclónicas, caídas de cuerpos siderales, aerolitos, endemias, epidemias, pandemias y todas sus consecuencias.
b) Los derivados cuyo origen fuese una consecuencia directa o indirecta de guerra, guerra civil, conflictos armados, sublevación, rebelión, sedición, actos mal intencionados de terceros, motín, huelga, desorden popular, terrorismo y otros hechos que alteren la seguridad interior del estado o el orden público.
c) Tratamientos con medicina homeopática, alternativa y/o cualquier otra especialidad.
d) No presentar el Carné de vacunación y/o soporte de desparasitación de la mascota (este documento se debe compartir en el momento de programar la asistencia y presentarlo al proveedor para la atención de la mascota registrada).
e) Gastos veterinarios correspondientes a exámenes que sean determinados en la consulta médica por el profesional veterinario tratante, como de cualquier enfermedad preexistente, crónica, congénita y/o hereditaria, que no hayan sido mencionados en el momento de la celebración del contrato. Los exámenes y procedimientos que se enuncian a continuación:
• TAC
• Resonancia nuclear magnética
• Electrocardiograma
• Rx contrastado
• Melografía
• Transfusiones sanguíneas
• Placas de compresión
• Tornillos ortopédicos
• Pruebas de laboratorio como raspado de piel, citología de oído y todos aquellos procedimientos y/o medicamentos especializados.
f) Procesos patológicos generados por cálculos, hemoparásitos y/o que definan ruptura de ligamentos independiente del origen que no hayan sido mencionados en el momento de la celebración del contrato.
g) La atención de los servicios para mascotas no incluye el tratamiento para las siguientes enfermedades parasitarias infecciosas tales como:
I. Perros (caninos): Distemper (moquillo), Parvovirosis, Hepatitis infecciosa canina, Parainfluenza, Leptospirosis, tos de las perreras (traqueítis infecciosa), Rabia, Babesia, Ehrlichia, Dirofilaria, Brucella, Toxoplasma, Neospora.
II. Gatos (Felinos): Calicivirus, rinotraqueítis infecciosa felina, panleucopenia felina, leucemia felina, clamidia, peritonitis infecciosa felina, rabia, bartonella, hemobartonella, toxoplasma, virus de inmunodeficiencia felina.
III. Anomalías tales como: Displasia de cadera o de codo, hemivértebra, luxación uni o bilateral de rótula, cualquier tipo de ruptura de ligamentos, ectropión, entropión, alteraciones de pestañas (distiquiasis), encantis bilateral, testículos ectópicos, (monorquidia, criptorquidia), elongación de paladar con o sin síndrome de braquiocefálico, hernias umbilicales no traumáticas.
IV. Las enfermedades, defectos o malformaciones preexistentes, definidas como aquellas alteraciones de la salud que existen con anterioridad al momento de la contratación de la asistencia, al igual que cualquier signo o síntoma que se perciba, independientemente de que exista o no un diagnóstico veterinario al respecto.
h) Alteraciones de conducta o comportamiento de la mascota a causa de:
– La gestación y el parto normal.
– Enfermedades cardiovasculares.
– Enfermedades endocrinas o metabólicas.
– Atopías inespecíficas.
– Enfermedades de origen genético con predisposición patológica por raza.
– Cualquier circunstancia producto de un accidente.
i) Gastos derivados por el incumplimiento de las recomendaciones que impartió el veterinario como necesarias para el tratamiento de la enfermedad o accidente.
j) Cuando el solicitante no proporcione información veraz y oportuna, que por su naturaleza no permita atender debidamente el asunto.
k) No están incluidos los medicamentos para ningún proceso derivado de las asistencias relacionadas en el presente documento.
l) Perjuicios derivados de hechos ocurridos fuera del territorio de la República de Colombia.
m) Incidentes y/o accidentes causados por el uso o consumo de estupefacientes, alcohol y/o droga, del contratante y/o mascota registrada.
n) Daños o lesiones producidos por la participación de las mascotas vinculadas a una riña o en actos criminales con la aceptación del contratante.
o) En caso de lesiones causadas a la mascota de forma intencional por alguno de los miembros de la familia y/o conocidos.
p) Cuando la asistencia sea solicitada para mascotas destinadas en fines comerciales, exhibiciones o que tengan algún tipo de exceso en competencias, que puedan enfermarse con facilidad para el medio en que los utilizan, la práctica de deportes o la participación de la mascota vinculada en competencias oficiales o exhibiciones.
q) En caso en que la mascota sea retirada voluntariamente de la clínica por parte del contratante y el tratamiento haya iniciado, se considerará un evento o servicio prestado dentro del plan contratado. No se prestará servicio de residencia en guardería a mascotas convalecientes o en tratamientos médicos crónicos.
Nota: Los servicios asistenciales para mascotas se prestarán según los parámetros definidos en este documento.
6. COBERTURA ÁMBITO TERRITORIAL
El derecho a los servicios señalados del presente documento se extiende a los afiliados que se encuentran dentro de los 30 kms, contemplado desde las ciudades principales y en el perímetro urbano, con nomenclatura de las siguientes ciudades o municipios:
ANTIOQUIA: Medellín, ATLANTICO: Barranquilla, BOGOTA D.C: Bogotá. BOLIVAR: Cartagena. BOYACA: Tunja CALDAS: Manizales, CAQUETA: Florencia, CAUCA: Popayán, CESAR: Valledupar, CORDOBA: Montería. CUNDINAMARCA: Soacha, Chía, Mosquera, Funza, Cajicá, Madrid, Cota, La Calera, Sibaté. HUILA: Neiva, MAGDALENA: Santa Marta, META: Villavicencio, NARIÑO: Pasto, NORTE DE SANTANDER: Cúcuta, QUINDIO: Armenia, PUTUMAYO: Mocoa, RISARALDA: Pereira,
SANTANDER: Bucaramanga, SUCRE: Sincelejo, TOLIMA: Ibagué, VALLE DEL CAUCA: Cali.
La red de proveedores se actualizará permanentemente para brindar el servicio a nivel nacional, en todas aquellas ciudades o municipios donde exista infraestructura médica veterinaria y vial que lo permita. EL CONTRATANTE podrá hacer uso de los servicios de asistencia, una vez transcurridos 30 días calendario contados a partir de la fecha de celebración de este, para ello EL CONTRATANTE declara consultar la información que se encuentra publicada en la página web de LA EMPRESA – www.laascension.com.